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El OIBESCOOP publica un nuevo monográfico que se sumerge en el fascinante mundo de los instrumentos normativos vinculados a la Economía Social y Solidaria (ESS), recientemente adoptados por organismos internacionales como la ONU, la OIT y la OCDE. Encontrarán en las entradas que siguen una variada selección de artículos aportados por destacados autores que abarcan diversas esferas de la ESS.
Un hito de gran relevancia tuvo lugar en Nueva York el martes 18 de abril de 2023, cuando la Asamblea de las Naciones Unidas adoptó la Resolución «Promover la Economía Social y Solidaria para el Desarrollo Sostenible». En ella se alienta enérgicamente a los Estados Miembros a fomentar e implementar estrategias, políticas y programas a nivel nacional, local y regional para respaldar y potenciar la Economía Social y Solidaria como un modelo viable de desarrollo económico y social sostenible
Esta década del 2020 es una década muy interesante en el plano internacional para la economía social y solidaria. Y esa cualidad de ser muy interesante presenta a su vez desafíos importantes. Los desafíos son comunicar, transmitir y apoyar lo que está sucediendo a nivel internacional a los gobiernos nacionales, a los gobiernos subnacionales y a las organizaciones de economía social y solidaria, pues es ahí donde se evaluará la utilidad o no de los interesantes movimientos en el plano internacional. Si todo va bien, y si somos optimistas, los movimientos en el plano de las organizaciones internacionales tendrían que traducirse en políticas nacionales y en un incremento del número de organizaciones de la ESS, y en la permeabilidad de esta economía en la economía convencional.
En junio de 2022, el Consejo de la OCDE adoptó la Recomendación sobre la Economía Social y Solidaria y la Innovación Social. Esta decisión histórica marcó el punto culminante de más de dos décadas de trabajo de la OCDE en economía social, emprendimiento social e innovación social, a través del Programa de Desarrollo Económico Local y Empleo (LEED). La Recomendación enfatiza el papel crucial que desempeñan las organizaciones de la economía social y solidaria (OESS) en el fortalecimiento tanto de la inclusión social como de la económica.
Al adoptar la resolución A/RES/77/281, el 18 de abril de 2023, en la Asamblea General de las Naciones Unidas, los países del mundo reconocen que la Economía Social y Solidaria (ESS) es importante para alcanzar la Agenda 2030. La resolución proporciona un mandato para que el Grupo de Trabajo de la ONU sobre ESS avance en su implementación con todos las partes interesadas, como los gobiernos de los distintos países, organizaciones de la ESS, bancos de desarrollo y todos los movimientos sociales que apoyan la ESS como una palanca importante para avanzar hacia la consecución de la Agenda 2030.
Todos sabemos que el aprovechamiento y adopción de las resoluciones de la ONU, OIT y OCDE dependen de lo que pase en cada país, es decir depende de que los niveles locales, regionales y continentales no solo la conozcan, sino que la apropien y apliquen.
En las últimas décadas, la Economía Social y Solidaria (ESS) ha sido reconocida como una herramienta central para millones de personas, afirmando los principios de autogestión, cooperación y solidaridad. El Anteproyecto de Norma del Parlamento del Mercosur (PARLASUR) sobre ESS, aprobado en 2023, representa un paso crucial para armonizar la legislación regional, amplificando su impacto más allá de las fronteras nacionales.
O ano de 2023 pode ser considerado de grandes avanços para a economia solidária, tanto em âmbito global, quanto nacional, tendo em vista, respectivamente: a aprovação, pela ONU, em abril de 2023, da Resolução Promover a economia social e solidária para o desenvolvimento sustentável [3] e a reestruturação das políticas públicas de economia solidária pelo novo governo brasileiro no contexto de ressurgimento da agora Secretaria Nacional de Economia Popular e Solidária (SENAES)[4]. Este artigo tem como objetivo registrar, de forma panorâmica, alguns breves comentários acerca das conexões entre ambos os acontecimentos.
Las recientes recomendaciones de OCDE (2022) y resoluciones de OIT (2022) y de ONU (2023) representan un apoyo a los esfuerzos de la ESS por lograr reconocimiento e incidencia en las políticas públicas, en consistencia con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Luego de un breve panorama nacional argentino, reflexionaremos entorno a las oportunidades que esto representa, en especial, para los municipios comprometidos con la ESS.
La aprobación de la Recomendación del Consejo Europeo cierra un ciclo, bajo la responsabilidad directa de las autoridades europeas, y abre otro que exige el compromiso de los gobiernos nacionales. La Recomendación fue aprobada por todos los Estados tras un trabajo que permitió definir un marco de referencia común para favorecer políticas nacionales que tengan en cuenta la heterogeneidad de los contextos locales.
El contexto sociopolítico y la capacidad de propuesta del movimiento de la ESS han sido determinantes para que los gobiernos adopten normativas y políticas públicas favorables a la ESS. Una conjunción de la protesta social contra los efectos de las políticas ortodoxas neoliberales con propuestas políticas articuladas a las demandas de los movimientos sociales. El reto ahora es pasar de políticas asistenciales a procesos de transformación de las estructuras económicas dominantes.
Después de más de 25 años de promoción de la ESS, articulando los emprendimientos en redes y desarrollando acciones de visibilización, capacitación, diálogos e incidencia pública, es relevante que del 2021 al 2023, los principales organismos multilaterales de cooperación, se hayan comprometido con la promoción y desarrollo institucional de la ESS, tomando resoluciones y haciendo recomendaciones a los gobiernos, en este sentido.
La reconstrucción de la historia del cooperativismo y la Economía Social y Solidaria en Iberoamérica
No son muchos los trabajos que den cuenta de la historia del cooperativismo y la ESyS en Iberoamérica. Es por eso que el OIBESCOOP va a publicar un boletín monográfico para avanzar en ese sentido. Se trata de un primer esfuerzo pensado para visibilizar el estado del arte de la historiografía. Esto se hace para varios países de Iberoamérica, fundamentalmente desde dos perspectivas. La primera, en el caso de algunos países, se presenta una visión de conjunto sobre la historiografía para la ESyS en general y el cooperativismo en particular. La segunda perspectiva toma como eje una de las obras historiográficas más significativas y la presenta de manera de acercar materiales relevantes para quienes quieran estudiar la historia en cada uno de esos países.
El movimiento cooperativo tiene una fuerte presencia en la estructura socioeconómica argentina y se caracteriza por su diversidad, por estar presente en casi todas las actividades económicas y regiones del país, por la heterogeneidad en el volumen operativo de las entidades y el número de sus asociades, por lo variado de su composición social, por la pluralidad de miradas sobre la propia concepción del cooperativismo, y por tener un siglo y medio de presencia en el país. Por eso, es llamativo lo escaso y tardío de las investigaciones con perspectiva histórica. Esto es particularmente significativo ya que las cooperativas son, simultáneamente, empresas económicas y movimientos sociales, por lo que su evolución merece ser abordada desde el campo de la historia de las organizaciones, las ideas, los movimientos sociales, las empresas, y los sectores económicos en que desarrollan su accionar.
El Estado brasileño pasó a regular las sociedades cooperativas sin dar la debida diligencia. Fue a través del decreto publicado en 1890, 46 años después de la fundación de la famosa Sociedad de Pioneros Justos de Rochdale, que fue la primera sociedad cooperativa de la Era Moderna. A partir de esta norma brasileña, publicada a finales del siglo XIX, y a lo largo del siglo XX, se irá estableciendo paulatinamente la legislación para regular a las sociedades cooperativas. Paralelamente al nacimiento de las disposiciones jurídicas cooperativas en suelo nacional, también durante este período, la literatura cooperativa brasileña comenzó a ganar expresión a través de publicaciones, en su mayoría de escritores brasileños.
La primera Ley General de Cooperativas de Chile se dicta en el país el año 1924, pero los primeros registros disponibles a la fecha indican que las primeras cooperativas se crean en Santiago el año 1863. Por lo tanto, el cooperativismo en Chile se crea y desenvuelve durante 60 años sin un marco legal que las regule ni políticas públicas que las promueven o supervisen, en lo que podríamos llamar una etapa de desarrollo autónomo y autogestionado. Sobre este período se enfoque el presente texto.
En la historiografía sobre el cooperativismo en Colombia hay gran cantidad de trabajos, básicamente producidos desde los años 60 del siglo anterior, realizados por expertos y académicos vinculados a universidades, entidades públicas u organizaciones cooperativas. Empero, hasta comenzar el siglo XXI no se habían realizado compilaciones que permitieran identificar rigurosamente sus contenidos; situación que llevó a plantearse la necesidad de adelantar investigaciones que se ocuparan de la recuperación sistemática y reflexiva de saberes y conocimientos acumulados sobre aspectos cooperativos, buscando encontrar elementos para evaluar dicha producción y establecer nuevas líneas de análisis.
Ciertamente que la bibliografía sobre la historia del cooperativismo en Ecuador es escasa y esporádica, pues ha debido trascurrir una importante fracción de tiempo entre cada producción bibliográfica. En este breve artículo se presenta lo que el autor, sin ser un crítico de escuela, estima los textos más conocidos y destacados por su difusión y contenido. Se considera tres tipos de textos sobre la historia del cooperativismo ecuatoriano, a saber: los estudios históricos específicos; las referencias históricas en textos jurídicos, doctrinarios o económicos; y, los apuntes tangenciales en textos de análisis coyuntural.
El cooperativismo agrario ha sido estudiado ampliamente en España desde el punto de vista histórico, pero una de las principales aportaciones la debemos al historiador Samuel Garrido Herrero, fallecido hace unos meses. Fue profesor de Historia Económica en las universidades de Valencia y Jaume I de Castellón (España), alcanzando en esta última la categoría de catedrático. También fue profesor visitante en prestigiosas instituciones internacionales como la Universidad de Bolonia, la London School of Economics, la Universidad de California en Davis y la École des Hautes Études en Sciences Sociales de París. Fue también un miembro destacado de la Sociedad de Estudios de Historia Agraria (SEHA).
Probablemente el texto de mayor influencia, tanto en los círculos intelectuales como en la militancia de base del movimiento cooperativo mexicano, sea el célebre Tratado de Cooperativismo Mexicano del Lic. Rosendo Rojas Coria, publicado por primera vez por el Fondo de Cultura Económica en 1952. Sin embargo, el influjo de esta magna obra no se limitó a los confines nacionales, sino que trascendió a los ámbitos internacionales, siendo, sin duda alguna, el texto sobre cooperativismo, de manufactura mexicana, que mayor difusión ha tenido en la época moderna.