Se promulgan las Leyes de impulso al emprendimiento y compras públicas y se expide la Circular sobre informe de Balance Social en Colombia
El 31 de diciembre se promulgó la Ley Nacional de Emprendimiento (Ley 2069 de 2020) donde se contemplan algunos apartados que tienen que ver con la delimitación del perímetro de la economía solidaria, en particular se precisa que:
- Las entidades de economía solidaria serán clasificadas como mipymes. A su vez, las mipymes podrán asociarse a empresas de economía solidaria,
- La agencia gubernamental de emprendimiento e innovación Innpulsa implementará medidas para el financiamiento de emprendimientos innovadores de economía solidaria, fomento y fortalecimiento mediante capital de riesgo, semilla e inversión. Articulará con entidades financieras Fintech del sector solidario para la estructuración y colocación de servicios.
- Se propone la formación en los esquemas de educación básica, media y tecnológica de contenidos de economía solidaria.
- Se contemplan tarifas diferenciadas y simplificación de trámites para la creación de emprendimiento, facilidades para el acceso a compras públicas
- Se modifica el número mínimo para conformar una cooperativa de 20 a 3 personas y una mutual 10 personas.
Meses antes se promulgó la Ley 2046 de 2020 sobre compras públicas en la cual se establecen mecanismos para promover la participación de pequeños productores locales agropecuarios y de la agricultura campesina, familiar y comunitaria en los mercados de compras públicas de alimentos. Con esta Ley se contempla la inclusión en las compras públicas de colectivos y movimientos asociados con comercio justo y agricultura Campesina, Familiar y Comunitaria apelando a instrumentos como Circuitos cortos de comercialización, compras locales de alimentos, sistema Participativo de Garantía, entre otros.
Finalmente, durante el 2020 se expidió la Circular Supersolidaria 09 sobre el informe de Balance social y beneficio solidario que contempla la obligatoriedad de la presentación de reportes en una plataforma de la Superintendencia Nacional de la Economía Solidaria que contempla, según el esquema de elementos de valoración del balance social presentado en (https://ojs.uv.es/index.php/ciriecespana/article/view/14322), reporte de identidad y valoración de recursos liberados. Con ello Colombia se suma a los países donde la presentación de reportes de balance social son obligatorios para las cooperativas y abre las puertas para buscar que iguales condiciones se presenten para otro tipo de empresas con el fin de allanar el camino para el reporte del bien común de cualquier tipo de organización.