23/10/2009
Ley de Nacional de Educación, N° 26.206. Art. 90, sobre Educación Cooperativa
El artículo 90, de la Ley de Nacional de Educación, N° 26.206, dice: «El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología promoverá, a través del Consejo Federal de Educación, la incorporación de los principios y valores del cooperativismo y del mutualismo en los procesos de enseñanza, aprendizaje y la capacitación docente correspondiente, en concordancia con los principios y valores establecidos en la Ley N° 16.583 y sus reglamentaciones. Asimismo, se promoverá el cooperativismo y el mutualismo escolar.»
Disponible en: http://www.me.gov.ar/doc_pdf/ley_de_educ_nac.pdf