Ley de Cooperativas del Principado de Asturias
La Junta General del Principado de Asturias aprobó el pasado 25 de junio la Ley 4/2010, de Cooperativas, que ha sido publicada en el Boletín Oficial del Principado del 12 de julio. Las cooperativas que desarrollen total o principalmente su actividad en el territorio del Principado de Asturias ya tienen su ley específica, con la que se pretende configurarlas como sociedades modernas y competitivas, con un régimen jurídico y económico consolidado y flexible, que se adapte bien a las necesidades actuales y futuras del mercado.
Entre las novedades que la ley introduce está la posibilidad de configurar el órgano de administración de cuatro maneras diferentes, bien la tradicional del consejo rector, o por un administrador único, dos solidarios o dos mancomunados, pudiendo los socios optar por uno de estos sistemas sin que la elección esté condicionada por la dimensión de la cooperativa.
En la regulación del régimen económico, la Ley persigue un doble objetivo. Por una parte, pretende fortalecer la vertiente empresarial de las cooperativas y, por otra parte, garantizar la solvencia y credibilidad económica de estas entidades, en especial, ofreciendo vías concretas para preservar la fortaleza patrimonial de la cooperativa ante la entrada en vigor de la NIC32.
Para conseguir el primer objetivo, además de la referida exigencia de un capital mínimo, se permite, siguiendo la orientación marcada por las leyes más recientes, que la aportación obligatoria inicial sea diferente para los distintos tipos de socios o para cada socio en proporción al compromiso o uso potencial que cada uno de ellos asuma en la actividad de la cooperativa.
Se ha aclarado el estatuto profesional de los socios en las cooperativas de trabajo asociado, reconociendo legalmente el carácter societario del vínculo entre la cooperativa y el socio trabajador.
Por otra parte, se crea el Consejo Asturiano de la Economía Social, con funciones asesoras y consultivas, configurándose como un órgano de colaboración y coordinación del movimiento asociativo, de la administración autonómica y otros agentes sociales.
Disponible en: http://www.ffes.org/adjuntos/adjunto_1278921718.pdf