Ley 105/08 de Seguridad Social y su Reglamento (Decreto No. 283)
La nueva Ley de Seguridad Social (Ley No. 105) fue aprobada por la Asamblea Nacional del Poder Popular de la República de Cuba después de haber sido ampliamente discutida durante varios meses por los trabajadores reunidos en asambleas.
El Sistema de Seguridad Social comprende un régimen general de seguridad social, un régimen de asistencia social y regímenes especiales. Dentro de los regímenes especiales se incluyen los miembros de las Cooperativas de Producción Agropecuaria y los usufructuarios de tierra.
Los dos cambios más significativos de la nueva ley con respecto a la legislación anteriormente vigente son:
a) Aumento de la edad requerida para tener derecho a la pensión por edad: 60 años en las mujeres (anteriormente 55)
65 años en los hombres (anteriormente 60)
b) Aumento significativo de la cuantía de las pensiones por edad, las cuales pueden llegar hasta el 90% del salario históricamente devengado, calculado a partir de los 5 mejores años de los últimos 15 laborados.
Así mismo, es significativo que la Ley establece que los pensionados por edad pueden reincorporarse al trabajo.
Estos cambios en la legislación obedecen a realidades de carácter demográfico: la población cubana presenta un alto grado de envejecimiento.
La Ley 105 fue aprobada el 27 de diciembre de 2008 y publicada en la Gaceta Oficial No. 004 Extraordinaria del 22 de enero de 2009.
El Decreto No. 283/09 fue publicado en la Gaceta Oficial No. 013 Extraordinaria de 24 de abril de 2009.
Disponible en: http://www.gacetaoficial.cu