16/08/2019

El futuro de las cooperativas en Cuba después de la reforma constitucional

Uno de los sucesos políticos más trascendentes de nuestro continente en los últimos meses, la reforma constitucional en Cuba, ha pasado prácticamente desapercibido, especialmente en lo que respecta uno de los cambios más novedosos para el socialismo cubano: el reconocimiento de las cooperativas como una de las formas de propiedad y organización económica.

Aunque no fue uno de los temas más debatidos en el proceso de amplios debates que llevaron a la aprobación de la nueva Constitución en un referéndum celebrado el 24 de febrero, es una de las transformaciones trascendentes, pues hasta el momento solo se habían permitido las cooperativas agropecuarias y en forma limitada. La antigua carta magna había sido sancionada en 1976 y estaba totalmente influenciada por el modelo soviético de un Estado centralizado y una economía planificada, mecanismos de gobierno con los que se identificaba el socialismo. La caída del campo socialista y el consecuente “período especial” que golpeó la economía cubana brutalmente desde principios de los años 90 pusieron sobre el tapete la necesaria actualización del modelo socialista vigente en Cuba, hasta que en 2011 el Partido Comunista Cubano planteó la creación de formas económicas no estatales, principalmente el trabajo por cuenta propia pero, también, las cooperativas.

El proceso de cambio de la Constitución atravesó diversas etapas, entre ellas una serie de asambleas que abrieron el juego a la participación popular, en las que participaron unos 9 millones de personas, prácticamente la totalidad de la población. Recordemos que en los países con regímenes liberales y que pasan por ser la única forma posible de la democracia “el pueblo no gobierna ni delibera sino a través de sus representantes”. Las propuestas surgidas de las asambleas llegaron a modificar el 60% de la propuesta original surgida del parlamento. Posteriormente, en un referéndum en que participó el 90% del padrón, el Sí a la reforma cosechó el 86,85% mientras que el No reunió el 9%.

Una de las cuestiones más importantes de la nueva Constitución cubana es que establece diversas formas de propiedad, algo que contrasta con el binomio público/privado que es la norma en el derecho occidental. Dentro de estas múltiples formas aparece la propiedad cooperativa, junto con la estatal (la “socialista de todo el pueblo”); la de las organizaciones políticas, de masas y sociales y la de las instituciones; la privada en la modalidad de medios de producción (“determinados medios de producción con un papel complementario en la economía”); la privada personal y la mixta. Sin embargo, la Constitución afirma claramente que es “el Estado (el que) regula y controla”. A su vez, la propiedad “socialista de todo el pueblo” abarca prácticamente todos los recursos económicos fundamentales y controla los medios de producción e infraestructura “de carácter estratégico para el desarrollo económico y social del país”.

Para profundizar sobre cuál es el alcance de esta aparición de la propiedad cooperativa en Cuba puede consultarse a dos especialistas de la Isla: Orestes Rodríguez Musa, profesor de derecho especializado en cooperativismo de la Universidad de Pinar del Río, y Camila Piñeiro Harnecker, economista de la Universidad de La Habana que estudia e impulsa el cooperativismo como vía de renovación del proyecto socialista cubano.

El futuro de las cooperativas en Cuba después de la Reforma Constitucional, por Camila Piñeiro Harnecker (*)
La cooperativa en la Constitución de 2019, por Orestes Rodríguez Musa (**)

* Tomado de la Revista argentina «Autogestión – Para otra economía» por Orestes Rodríguez Musa. Texto completo en: (http://autogestionrevista.com.ar/index.php/2019/07/22/dossier-cooperativas-para-actualizar-el-socialismo-en-cuba/),

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